Requisitos
Podrán ser beneficiarias las empresas que tengan consideración de Pyme, que su actividad esté incluida en algún epígrafe IAE nombrado en el artículo beneficiarios y que cumplan con los requisitos estipulados (ver el artículo segundo de la convocatoria).
Documentación a presentar
Las personas que, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la administración pública, deberán presentar la solicitud y la declaración responsable electrónicamente siguiendo estos pasos:
1º Ir al enlace Solicitud de la subvención, rellenar todos los campos y subir la documentación obligatoria.
2º Se recibirá un PDF en el correo electrónico especificado en la solicitud. El/la representante de la empresa debe firmar digitalmente este PDF.
3º Presentar el PDF firmado a través del botón que aparece más abajo "acceso al trámite telemático".
Termini màxim: el plazo para presentar las solicitudes es del 12 de marzo al 2 de abril de 2025, o hasta que se agote, dentro de este periodo, la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
Òrgan competent per a la tramitació ADR Balears
Modelos:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes es del 12 de marzo al 2 de abril de 2025, o hasta que se agote, dentro de este periodo, la cuantía económica asignada.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears
Contacto
Servicio o Sección responsable
Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears
Plaça de Son Castelló, 1 (Polígon de Son Castelló).
Tel.: 971176161
(pindust@adrbalears.es)